CARTA DE PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES.
CARTA DE VALORES DE INTEGRIDAD Y ÉTICA
Como Gobierno Local se pretende fortalecer la organización y la participación de todos los ciudadanos en la concertación democrática sin distinción de ideas para participar en la toma de decisiones y la ejecución de todas las acciones que permitan mejorar el nivel de vida de todos los habitantes del municipio.
Acta Número: 04, Acuerdo No: 25, de Fecha: 21 de Enero del 2015
DESCARGAR CARTA DE VALORES [divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]MISIÓN INSTITUCIONAL
Proporcionar servicios públicos y administrativos efectivos, eficientes y oportunos, que coadyuven ha mejorar el desarrollo económico, social, cultural y educativo del municipio en general.
VISIÓN INSTITUCIONAL
Ser un municipio Saludable, con acceso a la educación y al trabajo. Generando empleo a través de la gestión exitosa de la población junto a su gobierno municipal y con el aporte de la inversión nacional y extranjera, fortaleciendo la economía y creando infraestructura básica de manera participativa y organizativa, logrando un mejor nivel de vida de la población con equidad genérica, recuperación y respeto a valores y creencias, todo en armonía con el medio ambiente y la prevención de los desastres, causados por los seres humano y la naturaleza.
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]INTRODUCCIÓN
La Municipalidad de ACAJUTLA con el interés de fortalecer la cultura organizacional, que module y habitúe al recurso humano en su práctica y que permita un sano y apropiado desarrollo institucional, ha visto la necesidad de elaborar una política de valores y principios éticos, con la finalidad de cumplir las normas sustentadas en el presente documento.
Es importante contar con un documento que apoye en la regulación del comportamiento de los miembros de la organización, ya que este orienta el comportamiento de los funcionarios y coadyuva en las relaciones interpersonales y al trabajo en equipo.
OBJETIVOS
[tie_list type=»checklist»]• Propiciar un ambiente de trabajo aceptable, cómodo y atractivo tanto para funcionarios, empleados, y usuarios.
• Aplicar los principios dictados en la presente política institucional, para dar una mejor imagen y por consiguiente una mejor gestión municipal.
• Lograr que las relaciones interpersonales y de trabajo sean efectivas y eficientes.
VALORES INSTITUCIONALES:
A continuación se definen los valores de integridad y ética que deben ser cumplidos por los funcionarios y empleados de esta institución durante y después de sus actividades laborales:
RESPONSABILIDAD
Significa disposición y diligencia en el cumplimiento de actos de servicio, función o tareas encomendadas, disposición para rendir cuentas y asumir las consecuencias de la conducta pública sin excusa alguna.
HONESTIDAD
Demanda actuar de modo tal que siempre se tome en consideración el interés colectivo y no el particular, evitando todo provecho personal obtenido por si mismo o por interpuesta persona. Que el empleado conserve su compostura y decencia al atender al público;
LEALTAD
Exige permanente fidelidad, que se traduce en constancia y solidaridad en la institución, superiores, compañeros y subordinados. El empleado será fiel a los principios de la Institución.-
SOLIDARIDAD
Todo los funcionarios se encuentran comprometidos a actuar de manera integrada, sintiendo como propias las causas intereses y responsabilidades de otros; lo que implica asumir y compartir beneficios y riesgos.
EFECTIVIDAD
Todo funcionario se encuentra comprometido con el logro de los objetivos y la misión de la entidad de forma eficiente y eficaz y con la mayor calidad.
EFICACIA
Demanda la realización y cumplimiento de programas y actuaciones al menor costo para los contribuyentes, evitando demoras y atraso en el trabajo y el logro efectivo de las tareas encomendadas.
TRANSPARENCIA
Exige la ejecución diáfana de los actos de servicio, de tal manera que sean accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica que tenga interés legítimo en ellos. Cada uno de nuestros Empleados deberá servir con Transparencia.-
IGUALDAD
Exige atender a las personas que demandan o solicitan sus servicios sin ningún tipo de preferencias, tomando en consideración el mérito, legalidad, y motivaciones objetivas y no motivos religiosos, políticos o posición social o económica.
DECORO
Significa respeto para si y para quienes soliciten atención o demanda de servicios, manteniendo la compostura y asentando las reglas de urbanidad y educación.
ÉTICA
Como una rama de la filosofía está considerada como una ciencia normativa porque se ocupa de las normas de la conducta humana
INTEGRIDAD PERSONAL: Su personal debe poseer la Calidad de Integridad.-
DEDICACIÓN: El propósito de su personal será enfocar su trabajo a
prestarle un buen servicio.-
VOCACIÓN DE SERVICIO: Nuestro personal deberá
conservar esmero el servir al usuario.-
NO ACEPTA DADIVAS: Ningún empleado deberá
aceptar regalías por la prestación de un servicio.
EFICIENCIA: Nuestros Empleados deberán mostrar capacidad y
competencia en su jornada de trabajo.-
RELACIONES: El personal Municipal deberá mantener una magnífica
relación personal con los compañeros y público en general.-
El presente documento entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Concejo Municipal, dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de Acajutla, al día primero del mes de Febrero del dos mil quince.
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ACRÓNIMOS Y SIGLAS USADAS EN EL MUNICIPIO DE ACAJUTLA.
En el presente post daremos a conocer un listado de Acrónimos y Siglas muy utilizadas en el municipio de Acajutla por parte de la Municipalidad e instituciones relacionadas, antes de su conocimiento aprenderemos los significados y conceptos básicos de las palabras SIGLA y ACRÓNIMO.
SIGLA: es el resultado de un proceso de creación de una palabra a partir de cada grafema (letra) inicial de los términos principales de una expresión compleja.
ACRÓNIMO: es una clase de sigla cuya pronunciación se realiza del mismo modo que una palabra. Las siglas, por otra parte, son los términos que se componen con las primeras letras de los conceptos que forman una expresión.
Acrónimos y Siglas usadas en el municipio de acajutla.
ADESCOSAM | Asociación de Saneamiento Ambiental Femenil de Los Cóbanos |
AMA | Alcaldía Municipal de Acajutla |
ANDA
AUP |
Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados
Asentamientos Urbanos Precarios |
BM | Banco Mundial |
CEPAL | Comisión Económica para América Latina y el Caribe |
CDMYPE | Centro de Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa |
CMPC | Comisión Municipal de Protección Civil |
CONAMYPE | Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa |
ELA | Equipo Local de Apoyo |
FIAES
FISDL |
Fondo de la Iniciativa para las Américas
Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local |
FODES | Fondo para el Desarrollo Económico Social de los Municipios |
FUNDARRECIFE | Fundación para la Protección del Arrecife de los Cóbanos |
FUNDAUNGO | Fundación Dr. Guillermo Manuel Ungo |
FUNDE | Fundación Nacional para el Desarrollo |
GM | Gobierno Municipal |
ISDEM | Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal |
LANP
MAG |
Ley de Áreas Naturales Protegidas
Ministerio de Agricultura y Ganadería |
MARN | Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales |
MINEC | Ministerio de Economía |
MINED
PCM |
Ministerio de Educación
Plan de Competitividad Municipal |
PEP | Plan Estratégico Participativo |
PFGL | Proyecto de Fortalecimiento de los Gobiernos Locales |
PNUD | Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo |
PROESA | Agencia Promoción de Exportaciones e Inversiones de El Salvador |
SAT | Sistemas de Alerta Temprana |
STP | Secretaría Técnica de la Presidencia |
UACI | Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales |
UAIP | Unidad de Acceso a la Información Pública |
UEP | Unidad Ejecutora del Proyecto |
UM | Unidad de la Mujer |
USAID | Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional |
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PLAN ESTRATÉGICO PARTICIPATIVO (PEP) 2014-2020.
PLAN ESTRATÉGICO PARTICIPATIVO DE DESARROLLO DEL MUNICIPIO DE ACAJUTLA CON ÉNFASIS EN DESARROLLO ECONÓMICO DEL TERRITORIO 2014 – 2020.
El Plan Estratégico Participativo (PEP) con énfasis en el desarrollo económico del municipio de Acajutla se ha elaborado con la participación de los actores locales, contiene el marco de propuestas del abordaje para el desarrollo del territorio basado en los insumos recolectados en la etapa de diagnóstico y nuevas investigaciones llevadas a cabo durante la etapa que con se concluye en este informe.
VER Y DESCARGAR EL PLAN:
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]» Plan Estratégico Participativo PEP 2014-2020 (Formato PDF)
DESCARGAR
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»Plan Estratégico Participativo PEP 2014-2020 (Formato DOC)
DESCARGAR
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CRÉDITOS:
Consultora: Fundación Dr. Guillermo Manuel Ungo (FUNDAUNGO)
Equipo consultor: Carlos Rodríguez (Coordinador) Magdalena Zepeda, Nuria Mayela Martínez; con la colaboración de Mildred Vargas, María Elisa Dubón, Francisco Javier Martínez, Oscar Vargas, Mauricio Chávez, Manuel Escamilla.
Coordinación y Fuente de Financiamiento: Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), Proyecto de Fortalecimiento de Gobiernos Locales (PFGL)
Acompañamiento Técnico: Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (ISDEM), Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Descentralización (SSDT)
Fotografía de la portada: Acantilado en barrio La Playa con zona del puerto de Acajutla de fondo.
“Esta publicación ha sido elaborada en el marco del Proyecto de Fortalecimiento de Gobiernos Locales (PFGL), Subcomponente 2.3 Planificación Participativa y Concertada del Territorio. El contenido es responsabilidad del Equipo consultor de la Fundación Dr. Guillermo Manuel Ungo, y en ningún caso debe considerarse que refleja la opinión o puntos de vista institucional del PFGL”.
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TÍTULO DE CIUDAD DEL MUNICIPIO DE ACAJUTLA.
Acajutla fue erigida PUEBLO en 1953 y el 6 de julio de 1966 se confiere el título de VILLA y finalmente fue ascendida a la categoría de CIUDAD, por decreto legislativo N° 223 de fecha 12 de febrero de 1967, que entro en vigencia el 25 de febrero del mismo año.
En honor a este acontecimiento se construyó el monumento de El Obelisco a la entrada de la ciudad como también nombrando al Boulevard 25 de Febrero, fue al pie precisamente en esa fecha que data el acto protocolario que a su vez dio como inaugurado el Boulevard, en dicho acto participaron los 3 poderes del estado para darle todo el realce necesario a tan grande festividad que se llevó a cabo en la cuna del desarrollo industrial como lo es Acajutla.
DESCARGAR COPIA DE TÍTULO
(1200 x 1432 px, 1.2 Mb.)
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INSTRUCTIVO PARA INSCRIPCIÓN, CALIFICACIÓN Y CIERRE DE EMPRESAS.
Instructivo sobre documentos y requisitos a cumplir para la realización de tramites relacionados con: Inscripción y Calificación de Empresas, Cierre de Cuentas Corrientes, Requisitos para establecer Venta de Bebidas Alcohólicas, Requisitos para Permisos Especiales.
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INSCRIPCIÓN Y CALIFICACIÓN DE EMPRESAS
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]» De Persona Natural
- Solicitud dirigida a la Alcaldía Municipal solicitando permiso para funcionamiento de la empresa, detallando la actividad a desarrollar.
- Llenar formulario correspondiente. | DESCARGAR FORMULARIO |
- Copia de DUI y/o pasaporte de propietario.
- Copia de tarjeta de IVA y NIT.
- Detalle de activos radicados en el Municipio
- Balance Inicial de Operaciones (para propietarios de empresas con activos mayores a $ 34,000.00), firmados y sellados por propietario, contador y auditor externo, (para propietarios de empresas con activos menos a $34,000.00), firmados y sellados por propietario y contador.
- Copia de escritura de inmueble donde funciona la empresa o contrato de arrendamiento.
- Copia de autorización de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Economía, en caso que la empresa desarrolle actividad industrial.
- Copia de autorización de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud, en caso que la empresa desarrolle actividad relacionada con la salud.
- Balance General consolidado (En caso de tener Activos en otro Municipio)
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INSCRIPCIÓN Y CALIFICACIÓN DE EMPRESAS
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]» De Persona Jurídica
- Solicitud dirigida a la Alcaldía Municipal solicitando permiso para funcionamiento de la empresa, detallando la actividad a desarrollar.
- Llenar formulario correspondiente. | DESCARGAR FORMULARIO |
- Copia de NIT y DUI o pasaporte del Representante Legal o apoderado.
- Certificación de punto de acta de nombramiento de Rep. Legal o documento que lo acredite como apoderado.
- Certificación de Escritura Pública de Constitución.
- Copia de escritura de inmueble donde funciona la empresa o contrato de arrendamiento.
- Balance Inicial de Operaciones (activos radicados en Acajutla), firmado y sellado por Rep. Legal, Contador y Auditor Externo.
- Detalle de activos radicados en el Municipio
- Copia de tarjeta de IVA y NIT de la Sociedad.
- Copia de autorización de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Economía, en caso que la empresa desarrolle actividad industrial.
- Copia de autorización de funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud, en caso que la empresa desarrolle actividad relacionada con la salud.
- Balance General consolidado (En caso de tener Activos en otro Municipio)
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REQUISITOS PARA ESTABLECER VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]» Solicitud dirigida al Concejo Municipal, la cual deberá contener:
- Nombre y generales del solicitante
- Dirección exacta del lugar donde estará ubicado el establecimiento
- Parte petitoria (indicar si se desea vender envasado o fraccionado)
- Lugar y fecha de la solicitud
- Recibo cancelado del derecho de Inspección
- Copia de DUI y NIT
- Certificación de Escritura Pública de Constitución ( para Sociedades)
- Credencial de Rep. Legal (p/ Sociedades)
- Solvencia Municipal del propietario del inmueble.
- Solvencia Municipal del solicitante.
- Copia de escritura de propiedad o Contrato de arrendamiento donde funcionará el negocio.
» Requisitos adicionales (Según Art. 4 de la Ordenanza Reguladora de la Actividad de Comercialización de Bebidas Alcohólicas del Municipio).
- El inmueble donde se establecerá el negocio debe estar a más de 200 metros de Hospitales, Iglesias, Centros de enseñanza, Cementerios y establecimientos similares.
- El inmueble no debe estar frente a plazas, puestos de policía, parques, ni zonas residenciales.
REQUISITOS PARA PERMISOS ESPECIALES
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]» Solicitud dirigida al Concejo Municipal, la cual deberá contener:
- Nombre y generales del solicitante
- Dirección exacta del lugar donde estará ubicado el establecimiento
- Lugar y fecha de la solicitud
- Recibo cancelado del derecho de Inspección
- Copia de DUI y NIT
- Solvencia Municipal
- Copia de escritura de propiedad o Contrato de arrendamiento donde funcionará el negocio.
- Documento de compraventa o factura.
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CIERRE DE CUENTAS CORRIENTES
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]» Empresas y Negocio
- Llenar Solicitud de cierre de cuenta.
- Presentar copia de escritura de disolución y liquidación inscrita en el Registro de Comercio (Sociedades).
- Presentar copia de escritura de compraventa de sinfonolas, lanchas, billares y otros similares.
- Declaración Jurada ante Notario. Si la empresa dejó de operar en años anteriores a la solicitud.
- Partida de defunción en el caso que el propietario haya fallecido.
- Copia de Declaración de IVA a partir de cuándo dejaron de operar (las últimas tres declaraciones).
- Copia de tarjeta de circulación (para taxis, buses y microbuses u otros medios de transporte).
- Copia de DUI y NIT del propietario.
- Copia de Pasaporte y Credencial de Rep. Legal (Sociedades).
» Inmuebles
10. Copia de documento de compra venta o cualquier otro documento que lo acredite como propietario.
11. Copia del DUI y NIT del nuevo propietario.
12. Documento de donación.
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- Publicado en Publicaciones UAIP
ORDENANZA TRANSITORIA QUE DISPENSA INTERESES Y MULTAS
La Municipalidad de Acajutla da a conocer a todos sus usuarios, contribuyentes y el público en general la Ordenanza Municipal Transitoria vigente, que Dispensa el pago de Intereses y Multas a aquellos impuestos y tasas que se encuentran en estado moroso:
* Vigente a partir del 1 de Diciembre de 2018 y finaliza el 28 de Febrero de 2019
Esta ordenanza transitoria se realiza con la finalidad de brindar una oportunidad para que todos aquellos contribuyentes que se encuentren en mora en sus pagos, tengan el beneficio de ser exonerados de intereses y multas, siempre y cuando lo hagan en el periodo establecido dentro de la ordenanza.
VER Y DESCARGAR ORDENANZAS VIGENTES Y ANTERIORES
(En cada ítem de la lista del historial se indica su vigencia y caducidad)
[divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″] [two_third] Dispensa de Intereses y MultasDel 1 de Diciembre de 2018 al 28 de Febrero de 2019
[/two_third] [one_third_last] VER – DESCARGAR [/one_third_last] [divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″] [two_third] Dispensa de Intereses y Multas
Del 10 de Junio al 30 de Septiembre de 2018
[/two_third] [one_third_last] VER – DESCARGAR [/one_third_last] [divider style=»solid» top=»20″ bottom=»20″]
- Publicado en Marco Normativo, Publicaciones UAIP
EXPLICACIÓN DE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (LAIP).
La Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) es la ley que establece el derecho de acceso a la información pública y dice que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información generada, administrada o en poder de las instituciones públicas y demás entes obligados de manera oportuna y veraz, sin que te pregunten para qué quieres la información.
Esta ley promueve el acceso a la información mediante procedimientos sencillos y rápidos, propicia la transparencia mediante la difusión de la información, impulsa la rendición de cuentas y promueve la participación ciudadana y el control en la gestión de los recursos que realizan las instituciones del Estado.
¿Quiénes están obligados a dar información?
Todas las entidades del Estado: Órgano Ejecutivo, Legislativo y Judicial y sus dependencias, instituciones autónomas (como el FOVIAL, FONAVIPO, FOSALUD, INDES, ISSS, CEL, etc.) y las 262 municipalidades. También se incluyen sociedades de economía mixta, personas naturales o jurídicas que manejen recursos o información pública, como SERTRACEN o los DUICENTROS, porque llevan a cabo servicios públicos.
Incluso, puedes solicitar información sobre los fondos provenientes de convenios o tratados que tenga El Salvador con otros países u organismos internacionales, siempre y cuando en estos documentos no aparezca una cláusula de acceso a la información. En consecuencia, todos los y las servidoras públicas, dentro o fuera del territorio de la República, están obligados al cumplimiento de la LAIP.
Tipos de información: pública, reservada y confidencial
La información pública es aquella en poder de los entes obligados contenida en documentos, archivos, datos, bases de datos, comunicaciones y todo tipo de registros que documenten el ejercicio de sus facultades o actividades, que consten en cualquier medio, ya sea impreso, óptico o electrónico, independientemente de su fuente, fecha de elaboración, y que no sea confidencial. Dentro de la información pública se encuentra un subconjunto de información denominado “información oficiosa”, la cual debe de ser publicada de forma inmediata sin que ninguna persona lo solicite. Esta información puede estar impresa o colgada en los sitios web de las instituciones y deben entregártela en el mismo momento en que lo solicites.
La información reservada es la información pública cuyo acceso se restringe de manera expresa, según lo estipula la LAIP, en razón de un interés general durante un periodo determinado y por causas justificadas. Por ejemplo, los planes militares secretos, las negociaciones internacionales o cualquier tipo de negociación o discusión que se tenga, mientras no se adopte una decisión definitiva. O toda aquella información que esté relacionada con la investigación o persecución de actos ilícitos o que genere una ventaja indebida en perjuicio de un tercero. Si la información que solicitas es reservada, puedes solicitar una versión pública. Esta es un documento en el cual se tacharán todos los datos que no puedes ver y te permitirá acceder al resto de información pública.
La información confidencial es la información privada en poder del Estado cuyo acceso público se prohíbe por mandato constitucional o legal en razón de un interés personal jurídicamente protegido. Es decir, la información referente a la intimidad personal y familiar, al honor y propia imagen, así como archivos médicos cuya divulgación constituiría una invasión a la privacidad de la persona. A esta información solo tendrán acceso las personas que son dueñas de ella. Dentro de la información confidencial están los datos personales la cual es la información privada de una persona, como por ejemplo su nacionalidad, domicilio, patrimonio, dirección electrónica, número de teléfono o cualquier otra parecida.
FUENTE DE INFORMACIÓN: Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP)
Enlace del Sitio Web del IAIP: https://www.iaip.gob.sv/
Descargar la Ley (LAIP): CLIC AQUÍ PARA DESCARGA
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VÍDEO EDUCATIVO SOBRE LA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (LAIP).
El presente vídeo educativo nos enseña de forma detallada que es la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), así como también los pasos para obtener información y el tipo de información que se genera en las instituciones publicas y del estado, pero mas importante aún el derecho que tenemos a que se nos brinde la información pública.
A continuación puede reproducir el vídeo:
Fuente de Información: Instituto de Acceso a la Información Pública | El Salvador
Tema: Vídeo Educativo sobre la LAIP.
Descripción: Descripción de las Ley de Acceso a la Información Pública.
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