OFICINA MUNICIPAL

Final Boulevard 25 de Febrero
Barrio Las Peñas Calle Principal, Alcaldía de Acajutla, Sonsonate, El Salvador

HORARIOS DE ATENCIÓN

Lunes a viernes de 9:00 am - 5:00 pm
Sábado y Domingo: Cerrado

ATENCIÓN MUNICIPAL

2429-7300
info@acajutla.gob.sv

REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR (R.E.F.)

El Registro del Estado Familiar, es el encargado de brindar atención al cliente en la expedición de las Certificaciones de Partidas de Nacimiento, Defunciones, Matrimonios, Divorcios, Uniones no Matrimoniales, así como el registro de recién nacidos, y las Defunciones que sucedan dentro del municipio y tiene como objetivo Registrar y resguardar la identidad de los ciudadanos del municipio, y la modificación en su estado familiar.

Ademas el Registro del Estado Familiar se encarga de:

  • Realizar de forma adecuada y oportuna los Asentamientos que originan y modifican el Estado Familiar de los ciudadanos, del Municipio de Acajutla.
  • Agilidad, eficiencia y eficacia, en la entrega de documentos del Registro del Estado Familiar.
  • Continuar con la atención al cliente, bajo un Sistema mecanizado que mejore continuamente los procesos de Registro y consulta del Estado Familiar de las personas

 

COSTOS Y SERVICIOS:

VALOR DE LAS CERTIFICACIONES DE PARTIDA DE:

  • Nacimiento, Matrimonio, Divorcio o Defunción, costo:  $ 2.60
  • Si es autentica el costo es de $ 7.85

 

PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR

INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

NACIDOS EN HOSPITALES O CLÍNICAS PRIVADAS:

  • Plantares del recién nacido
  • DUI original de padre y madre
  • Si es menor de edad, carnet de minoridad.
  • Si son extranjeros pasaporte o documento para identificarse.

NACIDOS EN CASA ASISTIDO POR PARTERA:

  • Constancia de partera
  • DUI original de padre y madre

NACIDOS EN CASA SIN ASISTENCIA DE PARTERA:

  • Padre y madre con sus respectivos DUI o carnet de minoridad con presencia del recién nacido
  • Dos testigos con DUI que no sean familiares, puedan  firmar o no, con residencia del lugar en el que nació el menor de edad conforme al DUI
  • En base al Artículo 28 de la ley transitoria del registro del estado familiar los recién nacidos se asentaran en el lugar en que nacieron  o en el domicilio de los padres,  según  el DUI.
  • Según la reforma de la ley transitoria del registro del estado familiar  para asentamiento son 90 días hábiles o paga multa de $2.86; pero la ley permite que se asienten hasta los 7 años, solicitando antes opinión favorable, por parte  del señor procurador de la república , agencia auxiliar de Sonsonate, para el asentamiento del niño o niña.
  • Si los padres son casados, puede hacer el asentamiento la madre con DUI del padre y partida de matrimonio.
  • Si Los Padres No Son Casados Tiene Que Presentarse  El Padre Como Informante.
  • Los nacimientos en el hospital Jorge Mazzini son inscritos por el delegado del  registro nacional de las personas naturales,  y ellos se encargan de remitir  la partida a la  alcaldía en la cual los padres han solicitado  que sus hijos sean registrados.

 

ASENTAMIENTO DE DEFUNCIONES

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

FALLECIMIENTOS EN HOSPITALES O CLÍNICAS PRIVADAS O EN CASA CON ASISTENCIA MÉDICA

  • Diagnostico medico
  • DUI o partida de nacimiento del fallecido o fallecida
  • DUI u otro documento para identificar al informante, si no posee DUI, se pedirá constancia de no existencia del DUI, firmada por el registro nacional de las personas naturales.

FALLECIMIENTO RECONOCIDO POR MEDICINA LEGAL:

  • Esquela de entrega del cuerpo emitida por la fiscalía
  • DUI o partida de fallecido o fallecida
  • DUI, pasaporte  o  documento del informante

FALLECIMIENTO EN CASA:

  • DUI o partida de fallecido o fallecida.
  • Constancia médica para determinar causa de la muerte.
  • En caso de no tener constancia médica que determine la causa de la muerte, se necesitarán dos testigos con DUI, que puedan firmar o no, pueden ser familiares o particulares  del difunto y con domicilio cercano al lugar del fallecimiento en base al DUI.
  • Informante con DUI u otro documento para identificarse.

 

INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

  • Testimonio de matrimonio otorgada por un notario, o por la procuraduría general de la república.
  • Acta de matrimonio otorgada por gobernación.
  • Pago por inscripción de documento privado: $ 6.01
  • Multa por presentación extemporánea $ 2.86

 

MARGINACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO CON MATRIMONIO

  • Testimonio  de matrimonio otorgada por un notario o la  procuraduría general de la república.
  • Acta de matrimonio otorgada por la gobernación política departamental.
  • Costo por marginación $ 3.15
  • Pasado el tiempo que estipula la ley, la multa  es de $ 2.86

 

MARGINACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO POR RECTIFICACIÓN

  • Testimonio  de rectificación otorgada por notario o juez dentro del tiempo estipulado por la ley, pago por  marginación $ 3.15
  • Pasado el tiempo que estipula la ley, la  multa  es de $ 2.86
  • O documentos que den justificación para la rectificación por la vía administrativa (ley transitoria del registro del estado familiar).

 

MARGINACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO POR  VIUDEZ

  • Partida de defunción original y reciente.
  • Costo por marginación: $ 3.15
  • Después de  los 15 días hábiles estipulados por la ley , el  costo de multa será de: $ 2.86

 

INSCRIPCIÓN DE DIVORCIO

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

Sentencia del juez en original

 

PARA OBTENER CARNET DE MINORIDAD

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

  • Partida de nacimiento original y reciente
  • Dos fotografías tamaño carné
  • Que el domicilio sea de la jurisdicción de Acajutla
  • Debe presentarse el joven interesado, ya que deberá firmar la especie municipal que queda en archivo de  la oficina.

 

CONSTANCIA DE SOLTERÍA

DOCUMENTOS A PRESENTAR:

  • Partida de nacimiento original y reciente y ser nacido en el municipio de Acajutla.
  • Documento único de identidad original.
  • Costo de la constancia  $ 2.60
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